Clasificación

jueves

David Lee, músico y poeta callejero.


Cece Giannotti me presentó a David y me involucró en su proyecto: acabar un disco empezado en la casa de la compañera de David, publicista.
David parecía avejentado pero transmitía un entusiasmo contagioso.
Vivía de tocar su vieja guitarra (la tengo restaurada) en las inmediaciones de la Plaça del Pí, junto al Barri Gótic de Barcelona.
Me dijo que era californiano y vino a Europa a seguir su destino, que vivió muchos años en Grecia y estaba encantado de Barcelona, donde había hecho muchos amigos, guiris como él y españoles también. Participó en Razzmataz con banda propia en el festival de la Marihuana y algún bolillo más en el London.
Habíamos empezado un segundo disco con un precioso tema: Let don_t let you fly.
Como mi inglés es paupérrimo, le preguntaba por las letras y él me las traducía y me dejaba asombrado.
Nos dejó de repente, sin tiempo de despedirnos,
pero ahí están sus bluses, sus cuelgues y poesías.
Gracias a Traditional Tourist por su desinteresada ayuda.
Gracias David, por haberte conocido.


Técnica:
David y sus amigos empezaron grabando con un multipistas (8 tracks) de cinta magnética de 1/4" TASCAM integrado en un mezclador de 16 canales.
La microfonía fue muy simple, con simples SM-58 Shure y como micro de condensador un C-1000 AKG.
Hice un transfer a mi TASCAM ATR 60-8, de 1/2" y con reducción DBX.
Posteriormente se añadieron voces, guitarras y flipes con una dura Spirit Live 4 de Soundcraft, un compresor 3630 Alesis y con las clásicas SPX 900 y 1.000 YAMAHA como multiefectos (revers) para volcarlo en un DAT Casio DA 7.
La escucha se realizó por medio de un amplificador Marantz PM 55 sobre unas escuchas NS-10M YAMAHA.
Fue una mezcla destinada solo para cassettes.


David%20Lee
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Podéis descargar su obra en Reverbnation

miércoles

El canto difónico. Asia: khoomei

El canto difónico, también llamado de armónicos o de garganta, es una técnica vocal que consiste en modular adecuadamente la boca, la laringe y el diafragma hasta conseguir una armonización polifónica con solo un vocal.

Aunque se puede escuchar por todo el mundo, ésta forma de canto tradicional es común en los paises de Asia Central, especialmente en Tuvá, extendiéndose por Mongolia, Tíbet, Uzbekistán y Kazajistán.
El canto de garganta es llamado allí khoomei, y se divide en varias categorías:
1. Khoomei
2. Kargyraa
3. Sygyt
4. Borbangnadyr
5. Ezengileer

Playlist en Spotify.


El canto tradicional se realiza solo o con otros instrumentos de cuerda, percusión o metales y su métrica recuerda la armonía china, pero el sonido se acerca al mantra tibetano y a los cantos de los indios americanos.

martes

Manifiesto: En defensa de los derechos fundamentales en Internet

En contraposición al "Manifiesto Apocalíptico de Promusicae" emitido hace un par de días por el colectivo de músicos ricos, nos adherimos a la lucha por la libertad, pese a quien pese.


Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…

1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.

2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.

3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.

4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.

5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.

6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.

7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.

8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.

9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.

10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Este manifiesto, elaborado de forma conjunta por varios autores, es de todos y de ninguno. Si quieres sumarte a él, difúndelo por Internet.